Policía nuevamente utiliza técnicas de tortura contra manifestantes pacíficos

La Policía de Puerto Rico violó hoy sus protocolos de uso de fuerza en diversas ocasiones, provocando extrema alerta y preocupación en las organizaciones de derechos humanos y monitoría ciudadana como Kilómetro Cero.

Fueron varias las instancias de violencia de Estado que se vieron aquí.

  1. En primer lugar, la Policía tiene un protocolo para el manejo de multitudes que incluye hacer advertencias verbales antes de intervenir o dispersar multitudes. Allí llegó una unidad militarizada de la Policía que inmediatamente intervino violentamente con las personas que se manifestaban sin mediar palabra. La protesta es un derecho fundamental a la vida democrática. Los derechos fundamentales deben ser particularmente protegidos por el Estado. Las personas tienen derecho a que sus protestas surtan el efecto requerido. En la mayoría de las ocasiones, los manifestantes son de sectores poco representados en las esferas de poder y en las discusiones de los medios de comunicación. Por esto, necesitan de la protesta efectiva para que sus posturas y mensajes sean escuchados y tomados en cuenta. El rol del Estado nunca debe ser reprimir una protesta sino todo lo contrario. Su rol debe ser facilitarla, para que sus reclamos alcancen las esferas de poder donde se toman las decisiones en un país.

  2. Un funcionario público nunca debe recurrir a la amenaza en sus interacciones con la ciudadanía. La Policía amenazó a uno de los manifestantes diciéndole “voy a aplicar taser, son 50 mil voltios”. Los comandos verbales nunca deben ser amenazantes. El trabajo de la Policía no es ofrecer ni imponer castigos, tampoco es aterrorizar a la gente, mucho menos durante el ejercicio de sus derechos democráticos.

  3. Es improcedente amenazar a un manifestante pacífico con el uso del dispositivo de control electrónico (DCE) o ‘taser' pues este sólo puede utilizarse contra personas en resistencia agresiva y en situaciones donde haya amenaza real de daño corporal. Obviamente ese no era el caso en este acto de desobediencia civil pacífica. La persona no estaba armada y se encontraba inmovilizada por la Policía. Está prohibido utilizar el taser contra una persona que presente resistencia pasiva o activa. No era legal utilizar el dispositivo contra esta persona.

  4. Está terminantemente PROHIBIDO apuntar a una persona con el dispositivo de control eléctrico por encima del área de los pectorales, lo que evidentemente está haciendo este agente contra el manifestante según esta captura de pantalla que incluimos. La política de uso del dispositivo es clara: “Apuntar en áreas superiores a los pectorales de una persona es considerada un mal uso y manejo del DCE, por lo cual el operador estará sujeto a medidas disciplinarias”. En Kilómetro Cero queremos saber cuál será el proceso de rendición de cuentas que se llevará a cabo respecto a esta intervención y qué medidas disciplinarias se tomarán contra los agentes que abusaron del dispositivo.

  5. Los agarres de cuello son usos de fuerza letal. No tienen justificación en una protesta. Esto fue un ejercicio de tortura, al usarse contra una persona que había sido inmovilizada por la policía. El trabajo de la Policía NO es torturarnos. Tampoco es imponernos castigos, mucho menos castigos crueles.

  6. El uso de fuerza SIEMPRE tiene que tener un objetivo legal, ser proporcional, razonable y escalonado.

¿Cuál fue el delito que cometieron los trabajadores arrestados? ¿Por qué todavía continúan detenidos? La Policía de Puerto Rico tiene que rendir cuentas AHORA!

¿Quién responde en esa agencia por las violaciones de sus propias políticas de uso de fuerza? ¿Quién le rendirá cuentas a la ciudadanía y a estos trabajadores que hoy fueron agredidos y amenazados ilegalmente?

¡Respeto y justicia para las personas que protestan por un trabajo y una vida digna!

Mira aquí el video de los arrestos:

#ProtestarNoEsUnDelito #OtraSeguridadPublica #AgitaYTransforma